La Fiscalía aprueba una instrucción sobre protección de datos

En la medida en que actuación cotidiana del Ministerio Fiscal implica el tratamiento de datos personales, a priori, en el contexto de la actividad jurisdiccional o cuasi jurisdiccional, se plantea la necesidad de precisar determinados aspectos con el fin de unificar la protección de datos en el sector público conforme a la normativa de la UE y teniendo en cuenta que a nivel nacional ni la Ley Orgánica de Protección de Datos ni su Reglamento mencionan al Ministerio Fiscal, que sin duda sí se encuentra sujeto a la normativa de protección de datos, ya que este derecho es un derecho fundamental autónomo y específico vinculante para todos los poderes públicos. Esta Instrucción deroga a una anterior, Instrucción 6/2001, de 21 de diciembre, sobre Ficheros automatizados de Datos Personales Gestionados por el Ministerio Fiscal.